Monday, May 4, 2015

La necesaria responsabilidad de los contribuyentes frente a sus deudas tributarias [RODRIGUEZ, C.D.]

Asistente Tributario

En el camino de las Personas Naturales con negocio y/o empresas legalmente constituidas se han adquirido una carga de responsabilidades tributarias ante Sunat de tal manera que el cumplimiento de aquellas conllevará a una sana coexistencia con la Administración Tributaria. No obstante, a pesar que un gran número de empresas cuentan con asesoría contable, aún se sigue cometiendo los mismos errores.

Llegado el tiempo de realizar los pagos respectivos de impuestos declarados por los propios deudores tributarios surgen dos escenarios: Uno positivo, donde se cuenta con el efectivo para el pago de impuestos y el otro negativo, donde no se cuenta con el monto requerido. Es en este último caso donde empieza las preocupaciones ante Sunat llevándose a cabo la solicitud de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de pago. Si bien tenemos derecho a solicitar aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias como lo establece el Art.-92 inciso N del T.U.O del Código Tributario, como tal éste se refiere solo a solicitarlo, quedando en la facultad de la Administración otorgarlo. 

Por ejemplo, si el año anterior se obtuvo ganancias por ingresos mensuales de S/. 10,000.00 y de los cuales mes a mes se realizó puntualmente sus pagos a cuenta del 1.50% de dichos ingresos (Art. 85° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta) llega Enero del siguiente año se dan con la sorpresa que deben regularizar S/. 30,000.00 nuevos soles y en el presente no cuentan con el dinero viéndose en la necesidad de optar por solicitar el fraccionamiento de la deuda más los intereses convirtiendo su deuda en más onerosa, o darse con la mala fortuna que no le brinden el Fraccionamiento ya que es facultad de Administración poder concederlo. El no prevenir el grado o aumento del margen de ganancia llevará a que los pagos a cuenta sean mínimos y posteriormente el monto a regularizar sea muy elevado (pues se contará con pocos gastos deducibles), una adecuada practica sería prevenir esta situación tomando conciencia que de las ganancias obtenidas, se opte por realizar adicionales a los pagos a cuenta de tal manera no verse envueltos en deudas y los temidos intereses.

Los imprevistos que pueda tener el deudor tributario para realizar el pago oportuno de impuestos declarados son diversos, el cual no implica que los funcionarios de Sunat incumplan con sus deberes o que de una vez se reforme el sistema tributario (el cual no deja de ser necesario), pero esto no llevará a que de forma inmediata se haga tal reforma o que los trabajadores de Sunat tengan una conciencia más humanitaria. Lo que ocurre con esta norma también pasa con las demás pues tienen deficiencias pero hay que saber trabajar con aquellas, informarnos o asesorarnos cumpliendo así las responsabilidades que obtuvimos desde el momento que entramos en este sistema. 

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